Alcanzar un grado de conocimiento adecuado de la ubicación y delimitación de un espacio y de su estado de conservación es la única manera de detectar posibles cambios en el mismo. Los inventarios nacionales de humedales facilitan la información esencial requerida en la que fundamentar la formulación de políticas de conservación, gestión y restauración, y por lo tanto deben ser una prioridad. En este contexto, la legislación española prevé, en dos de sus leyes básicas (Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y Ley de Aguas), la elaboración de un inventario nacional de zonas húmedas. En cumplimiento de lo indicado al respecto en el art. 9.3 de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, el 12 de marzo de 2004 fue aprobado el Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario Español de Zonas Húmedas (BOE nº 73, de 25 de marzo de 2004).